Bienvenidos a John R. De La Vega, P.A.

Bienvenidos a John R. De La Vega, P.A. | Immigration Law Firm

Idioma

MIAMI

+1 (305) 456-3474

ORLANDO

+1 (407) 564-6014

Office Hours: 09.00AM – 05.00PM

Solicitar una cita

Telefono

Tlf: (305) 456-3474

Oficina Principal

MIAMI 8768 SW 8th St, Suite 10. Miami, FL 33174 Tlf: (305) 456-3474

Servicios Legales de Inmigración

No dudes en agendar tu cita con nosotros

ASILOS

El asilo es un tipo de protección otorgada a los extranjeros que han sido víctima de persecución en su país de origen o que tienen un miedo bien fundamentado de ser víctima de persecución si regresan a su país de origen. Para ser protegido bajo la ley de asilo, el solicitante debe demostrar que la persecución ocurrió debido a la opinión política, creencia religiosa, membresía en un grupo social particular, raza o nacionalidad. En la oficina de John R. De la Vega, P.A. contamos con la experiencia y el profesionalismo para ayudarlo a presentar su caso ante el servicio de inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) o los tribunales de inmigración.

REPRESENTACION ANTE LOS TRIBUNALES DE INMIGRACION

Inmigrantes y personas que no son ciudadanas americanas pueden ser referidas a los tribunales de inmigración por distintas razones. Estar en proceso de remoción (conocido como deportación) de los Estados Unidos, es una situación difícil la cual requiere de un abogado que lo pueda representar durante todo el proceso. El abogado John R. De la Vega, Esq. junto a sus asociados han representado de manera exitosa a clientes en procesos complejos de remoción (deportación).

PETICIONES FAMILIARES

Ciertos ciudadanos y residentes legales permanentes de los Estados Unidos pueden solicitar a sus familiares cercanos si califican bajos las leyes migratorias de Estados Unidos. El proceso de petición familiar puede ser tramitado tanto dentro de los Estados Unidos como en embajadas de Estados Unidos en otros países. En la oficina de John R. De la Vega, P.A. hemos tramitado peticiones familiares para personas de distintos países de una manera eficiente y rápida. Estamos siempre listos para asesorarlo con los últimos cambios relacionados a inmigración en los Estados Unidos.

REPRESENTACIÓN EN PROCESOS DE FIANZA

La firma de John R. De la Vega, P.A. representa, en solicitudes de fianza, a clientes que se encuentran en centros migratorios, en caso de que hayan sido detenidos por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés). Ciertos inmigrantes que se encuentran en dichos centros califican para salir bajo fianza y continuar sus procesos migratorios en libertad. Nuestra firma ha representado a una numerosa cantidad de clientes detenidos y hemos podido lograr la libertad de inmigrantes acusados de distintos crímenes como violencia doméstica, entre otros.

VISAS DE PROMETIDO (FIANCEE VISA K-1)

Ciertos ciudadanos y residentes legales permanentes de los Estados Unidos pueden solicitar a sus familiares cercanos si califican bajos las leyes migratorias de Estados Unidos. El proceso de petición familiar puede ser tramitado tanto dentro de los Estados Unidos como en embajadas de Estados Unidos en otros países. En la oficina de John R. De la Vega, P.A. hemos tramitado peticiones familiares para personas de distintos países de una manera eficiente y rápida. Estamos siempre listos para asesorarlo con los últimos cambios relacionados a inmigración en los Estados Unidos.

PERDONES MIGRATORIOS (WAIVERS)

Si usted resulta inelegible a ser admitido a Estados Unidos como inmigrante y le interesa obtener una visa de inmigrante, ajuste de estatus, ciertos estatus de no inmigrante u otros ciertos beneficios de inmigración, usted debe presentar un perdón el cual requiere presentarle al servicio de inmigración pruebas del porque usted se merece este perdón para poder vivir en los Estados Unidos. En la oficina del abogado John R. De la Vega, Esq. lo ayudaremos a presentar su caso de perdón con las planillas y las pruebas necesarias basado en las últimas políticas migratorias del servicio de inmigración.

PAROLES

Permiso de Permanencia Temporal «Parole» El permiso de permanencia temporal le permite a una persona que de otra manera resulta inadmisible o inelegible para ser admitido a los Estados Unidos, viajar y permanecer en los Estados Unidos por un período temporal. La Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA, por sus siglas en inglés), le permite al secretario de Seguridad Nacional hacer uso de su discreción para otorgar permiso de permanencia temporal a cualquier extranjero que solicite admisión temporal a los Estados Unidos por razones humanitarias o en beneficio público significativo.

CIUDADANÍAS

“Naturalización” es el termino utilizado por las leyes migratorias al proceso de convertirse en ciudadano de Estados Unidos. La lista de requisitos para hacerse ciudadano es larga y los parámetros son estrictos.

En nuestra firma representamos a clientes en procesos de naturalización tanto tramitando la aplicación para la ciudadanía como representando a clientes el día de la entrevista con un oficial de inmigración.

VISAS DE ESTUDIANTE

La categoría de Visa F-1 (Estudiante Académico) le permite entrar a los Estados Unidos en calidad de estudiante a tiempo completo de un instituto, universidad, seminario, conservatorio, escuela secundaria (superior) académica, u otra institución o un programa de capacitación lingüística. Usted debe estar inscrito en un programa o currículo de estudio que culmine en la obtención de un grado, diploma o certificado, y su escuela debe tener autorización del gobierno estadounidense para aceptar estudiantes internacionales. Si ya entró a territorio estadounidense con otro tipo de visa, podría optar por la visa F-1 mediante un cambio de estatus.

1

Revisa las condiciones y reserva tu consulta con al menos 24 horas de anticipación.

2

Recibirás un correo electrónico de confirmación, respóndelo adjuntando los documentos necesarios de tu caso.

3

Prepárate para asistir a tu cita por el medio seleccionado.

Visas por habilidades extraordinarias y talentos

VISA EB-3 - TRABAJADORES INMIGRANTES DE TERCERA PREFERENCIA

La Visa EB-3 está diseñada para trabajadores inmigrantes que buscan empleo permanente en los Estados Unidos en ocupaciones que requieren habilidades laborales de nivel inferior, habilidades laborales no calificadas o servicios no especializados. Esta visa se clasifica dentro de la categoría de empleo basado en la inmigración.

Requisitos principales:

Oferta de Empleo

  • El solicitante debe tener una oferta de empleo válida y aprobada de un empleador estadounidense.
  • El empleador debe obtener una certificación laboral aprobada del Departamento de Trabajo de los Estados Unidos.

Educación y Experiencia Laboral

  • Dependiendo de la clasificación ocupacional, el solicitante puede requerir un cierto nivel de educación o experiencia laboral.
  • Los solicitantes pueden necesitar demostrar que poseen las habilidades y calificaciones necesarias para el empleo ofrecido.

Proceso de Solicitud

  • El empleador estadounidense debe presentar el Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante.
  • Después de la aprobación de la petición, el solicitante puede presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, si se encuentra legalmente en los Estados Unidos, o solicitar una visa de inmigrante en un consulado o embajada de los Estados Unidos en el extranjero.

Beneficios

VISA EB-1 - TRABAJADORES INMIGRANTES DE PRIMERA PREFERENCIA

La Visa EB-1 está diseñada para trabajadores inmigrantes excepcionales, profesores e investigadores sobresalientes, y ejecutivos o gerentes multinacionales. 

 

Esta visa se clasifica dentro de la categoría de empleo basado en la inmigración y está reservada para individuos con habilidades extraordinarias en sus respectivos campos.

Requisitos principales:

Habilidades Extraordinarias

  • El solicitante debe demostrar habilidades extraordinarias en su campo a través de logros sustanciales, reconocimientos y contribuciones significativas.
  • Las habilidades pueden ser en áreas como ciencias, artes, educación, negocios o deportes.

Profesores e Investigadores Sobresalientes

  • Los solicitantes deben demostrar reconocimiento internacional por sus logros sobresalientes en enseñanza o investigación académica.
  • Deben tener al menos tres años de experiencia en la enseñanza o investigación en el área específica.

Ejecutivos o Gerentes Multinacionales

  • Los solicitantes deben haber trabajado en un puesto de ejecutivo o gerencial para una empresa multinacional durante al menos uno de los tres años anteriores.
  • Deben ser transferidos a los Estados Unidos para continuar trabajando en un puesto ejecutivo o gerencial para la misma empresa o una filial, sucursal o afiliada de esa empresa.

PD: NO requiere certificación laboral

Proceso de Solicitud

  • El empleador estadounidense o el propio solicitante pueden presentar el Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante.
  • Los solicitantes pueden ser elegibles para presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, simultáneamente con la petición EB-1 o después de su aprobación, dependiendo de su situación.

Beneficios

VISA EB-2 - TRABAJADORES INMIGRANTES DE SEGUNDA PREFERENCIA

La Visa EB-2 está diseñada para trabajadores inmigrantes con habilidades avanzadas o títulos universitarios avanzados que buscan empleo permanente en los Estados Unidos. 

Esta visa se clasifica dentro de la categoría de empleo basado en la inmigración y está reservada para individuos con habilidades excepcionales en sus respectivos campos.

Requisitos principales:

Habilidades Avanzadas

  • El solicitante debe poseer habilidades avanzadas en su campo que estén por encima de lo que generalmente se encuentra en la industria.
  • Esto puede incluir habilidades técnicas, científicas, artísticas o empresariales que sean críticas para el éxito del negocio.

Título Universitario Avanzado

  • Alternativamente, el solicitante puede tener un título universitario avanzado o su equivalente (por ejemplo, una maestría o un título profesional) y al menos cinco años de experiencia progresiva en el campo.

Excepcional Habilidad en las Ciencias, Artes o Negocios

  • Los solicitantes deben demostrar excepcional habilidad en las ciencias, las artes o los negocios, lo que puede ser evidenciado por logros y reconocimientos significativos en su campo.

¿Requiere certificación de trabajo? Sí, al menos que el solicitante pueda obtener una dispensa por intereses nacionales.

Proceso de Solicitud

  • El empleador estadounidense debe presentar el Formulario I-140, Petición de Trabajador Inmigrante, en nombre del solicitante.

    Los solicitantes también pueden ser elegibles para presentar el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus, simultáneamente con la petición EB-2 o después de su aprobación, dependiendo de su situación.

Beneficios

VISA O-1 - PERSONAS CON HABILIDADES O LOGROS EXTRAORDINARIOS

La Visa O-1 está diseñada para personas con habilidades o logros extraordinarios en áreas como las ciencias, las artes, la educación, los negocios o el deporte, que desean trabajar temporalmente en los Estados Unidos. 

Esta visa se clasifica dentro de la categoría de trabajadores temporales no inmigrantes y está reservada para individuos con un nivel excepcional de talento en sus respectivos campos.

Requisitos principales:

Habilidades o Logros Extraordinarios

  • El solicitante debe demostrar habilidades o logros extraordinarios en su campo, lo que puede ser evidenciado por premios, reconocimientos, membresías en asociaciones profesionales, publicaciones, actuaciones en eventos de prestigio, entre otros.

Apoyo de Empleador o Agente

  • El solicitante debe contar con el apoyo de un empleador estadounidense o un agente estadounidense que actúe como peticionario en su nombre.

Solicitud de Petición

  • El empleador o agente estadounidense debe presentar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, en nombre del solicitante, junto con la documentación de respaldo que demuestre las habilidades o logros extraordinarios del solicitante.

Proceso de Solicitud

Una vez aprobada la petición por parte de USCIS, el solicitante puede solicitar una visa O-1 en un consulado o embajada de los Estados Unidos en el extranjero, si no se encuentra actualmente en el país, o ajustar su estatus dentro de los Estados Unidos si se encuentra legalmente en el país.

Beneficios

VISA P-1A - DEPORTISTA RECONOCIDO INTERNACIONALMENTE

La Visa P-1A está diseñada para atletas reconocidos internacionalmente que desean competir temporalmente en los Estados Unidos en eventos deportivos específicos. 

Esta visa se clasifica dentro de la categoría de trabajadores temporales no inmigrantes y está reservada para atletas de alto nivel que han alcanzado un grado significativo de reconocimiento y éxito en sus deportes.

Requisitos principales:

Reconocimiento Internacional

  • El solicitante debe ser un atleta individual o miembro de un equipo que haya alcanzado un nivel significativo de reconocimiento internacional en su deporte.
  • Esto puede ser demostrado a través de logros y premios en competiciones internacionales, rankings mundiales, membresías en equipos nacionales, etc.

Apoyo de Empleador o Agente

  • El solicitante debe contar con el apoyo de un empleador estadounidense o un agente estadounidense que actúe como peticionario en su nombre.
  • El empleador o agente debe presentar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, en nombre del solicitante.

Contrato o Itinerario de Eventos

  • El empleador o agente debe presentar un contrato de trabajo o un itinerario de eventos que demuestre las fechas y lugares de las competiciones en las que el solicitante participará en los Estados Unidos, además de otros requisitos que vuelven crucial la mediación de un abogado de inmigración.

Proceso de Solicitud

Una vez aprobada la petición por parte de USCIS, el solicitante puede solicitar una visa P-1A en un consulado o embajada de los Estados Unidos en el extranjero, si no se encuentra actualmente en el país, o ajustar su estatus dentro de los Estados Unidos si se encuentra legalmente en el país.

Beneficios

VISAS E-1 y E-2 - COMERCIANTES E INVERSIONISTAS POR TRATADO COMERCIAL

Las Visas E-1 y E-2 están diseñadas para facilitar el comercio y la inversión entre los Estados Unidos y ciertos países que mantienen tratados comerciales con los Estados Unidos. 

Estas visas se clasifican dentro de la categoría de trabajadores temporales no inmigrantes y están reservadas para empresarios, comerciantes e inversores que desean llevar a cabo actividades comerciales o inversiones en los Estados Unidos.

Requisitos principales:

Elegibilidad del Tratado Comercial

  • El país de origen del solicitante debe tener un tratado comercial con los Estados Unidos que permita la clasificación de la Visa E-1 (Comerciantes) o la Visa E-2 (Inversionistas).
  • La lista de países elegibles varía para cada tipo de visa y se puede consultar en el sitio web del Departamento de Estado de los Estados Unidos.

Inversión Sustancial

  • Para la Visa E-2, el solicitante debe realizar una inversión sustancial en una empresa estadounidense. La cantidad de inversión requerida puede variar dependiendo del tipo de negocio y otros factores.
  • La inversión debe ser suficiente para garantizar el éxito del negocio y generar empleo para los trabajadores estadounidenses.

Comercio Sustancial

  • Para la Visa E-1, el solicitante debe llevar a cabo un comercio sustancial entre los Estados Unidos y el país de origen del solicitante.
  • El comercio puede incluir la importación y exportación de bienes, servicios, tecnología, etc., y debe ser de naturaleza continua y sostenida.

Proceso de Solicitud

El empleador o el propio solicitante pueden presentar el Formulario I-129, Petición de Trabajador No Inmigrante, en nombre del solicitante.

Los solicitantes deben proporcionar evidencia documental que demuestre la elegibilidad del tratado comercial, la inversión o el comercio sustancial, y otros requisitos específicos de la visa solicitada.

Beneficios

Scroll al inicio